miércoles, 20 de noviembre de 2013

Uno cura, dos dudan y tres matan. Tres casos clínicos. ¿Es el fin de los privilegios en los Colegios Profesionales? Las historias clínicas en las consultas privadas y la muerte del titular.

Tuvimos una pesadilla de fin de semana. Gozamos de un gran alivio durante este ultimo fin de semana. Un cambio de medico y de opinión, no ha vuelto casi al fondo del abismo. Siempre se ha dicho que un medico cura, dos dudan y tres matan. No quiero caer en la trampa de sufrir, ni que sufra mi hijo en investigación de cosas raras o poco frecuentes.



Con el estado anímico, propio de un padre preocupado, por los suelos, la mañana ayer intervine el contra lateral de una paciente que operé a principio de este verano pasado. Presentaba signos de osteofitos y pérdida de cartílago en MTF, un segundo 2º en martillo y el 3º casi. La cirugía se ha desarrollado con  normalidad, e incluso las osteotomías quedaban bien por el fluoroscopio. Sin embargo no me ha gustado como ha quedado la postquirúrgica en carga. Espero que con la marcha y los vendajes consigamos que quede mejor, al menos radiológicamente. 

La otra paciente de esta mañana ha sido una paciente que intervenimos en la primavera de este año de un heloma interdigital entre el 1º y 2º dedo supraductus. La evolución fue bien y la RX postquirúrgica así lo evidencia, pero este otoño acude por un dolor en el espacio interdigital 1º causa por una pequeña exostosis en la falange proximal del 1 dedo con una no unión del Akin distal. La nieta, enfermera ella, dice que igual tuvo un traumatismo que no dijo nada.


Hoy hemos dado de alta otro contra lateral de una paciente que ya fue intervenida por un colega y profesor de Sevilla. Un Keller fallido. Nos pidió que el 2º dedo quedara más corto, así lo hicimos. La intervenimos hace 42 días y hoy le hemos dado de alta. Ahí pongo las fotos.






Puede que el chollo de los Colegios profesionales desaparezca para algunos. 

La nueva norma, que está en trámite, sobre los Colegios profesionales va a poner los puntos sobre las “ies” en temas como: no podrán dar empleo los presidentes a familiares directos, tampoco podrán contractar seguros con compañías que tengan una relación directa y sobre todo que no se abuse de las cuotas mensuales. Este nuevo proyecto prevé que los recibos anuales de los colegiados no deben de superar los 245. 


Además la nueva norma marca las directrices del funcionamiento de los Colegios Profesionales y les obliga a cumplir una serie de requisitos en aras de una mayor transparencia en su gestión y un mejor gobierno de estas instituciones.


Por otro lado, se introduce una nueva cláusula por la que si algún colegiado se retrasa en el pago de sus cuotas, no sea sancionado con la inhabilitación.

Nuevos colegios para la misma profesión
El hecho de que el anteproyecto de ley sobre Colegios Profesionales que ultima el Ejecutivo establezca la obligación de que los profesionales tengan que adscribirse a su colegio correspondiente para poder ejercer, no impide que puedan crearse dos o más colegios del mismo campo en la misma provincia, tal y como impide la normativa actual. Sin embargo, necesitarán justificar la necesidad de la constitución de una nueva sede para el mismo fin. Los colegios ya existentes no desaparecerán por la creación de uno nuevo, sino que compartirán las mismas competencias establecidas por la ley estatal.


El presidente, decano, miembro de la junta de gobierno, o directivo con ser cargo político electo o titular de un órgano directivo en cualquier administración pública. No podrán tener puestos directivos en partidos políticos, sindicatos u organizaciones empresariales o en entidades de seguro o mutualidades de previsión social y los familiares directos de los cargos directivos de una corporación colegial no podrán ser contratados laboral o mercantilmente por la misma.

Con carácter general, no tendrán derecho a remuneración los cargos directivos, aunque con la excepción de que ejerzan el cargo de dedicación en exclusiva, que deberá figurar de forma detallada en los presupuestos y ser aprobada por una mayoría igual a la que tenga cada colegio para la aprobación de las cuentas. 
Los colegios profesionales deberán facilitar el acceso a su información contable, tendrán que contar con un código deontológico y aceptar una serie de parámetros para ejercer su potestad disciplinaria.

Serán obligatorias las auditorías de los colegios y éstos deberán facilitar información sobre los colegiados y sobre las cuotas del colegio, que será accesible al público en formato telemático, sin que sea preciso solicitarla.


Sobre las historia clínicas en las consultas privadas y el fallecimiento del profesional,


Cuando un médico que ejerce la medicina privada fallece, sus herederos tienen la obligación de conservar con seguridad las historias clínicas, según los plazos legalmente establecidos, que varían de 5 años en Madrid a 10 en Cataluña, dependiendo lo establecido en las distintas comunidades autónomas.
Así se puso de manifiesto en la Jornada organizada por las Vocalías Nacionales de Medicina Privada de la Organización Médica Colegial (OMC) para  analizar diferentes aspectos del ejercicio médico privado, entre ellos el tema de "Protección de datos en la consulta privada".

1 comentario:

  1. Lorenzo en referencia a lo último que comentas según la LOPD son cinco años ,los catalanes ya sabes que van por libres,solo era un apunte legal

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